Mediante un movimiento significativo para la infraestructura y el comercio marítimo, el Gobierno de Argentina ha declarado, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), como servicio público las actividades de dragado, redragado, mantenimiento, señalización, balizamiento y control hidrológico de las vías navegables de jurisdicción nacional. Este decreto, numerado como DNU-2024-699-APN-PTE, fue emitido con el objetivo de asegurar la continuidad y eficiencia de estas operaciones críticas para la economía del país.

La norma subraya la importancia de las vías navegables para el desarrollo de las economías regionales y el comercio internacional, destacando su relevancia estratégica. Según el texto del decreto, «la mejora, ampliación y mantenimiento de las vías navegables y su infraestructura debe ejecutarse conforme al marco regulatorio respectivo que establezca la Autoridad de Aplicación».

El presidente de la Nación, Javier Milei, firmó el decreto en acuerdo general de ministros, estableciendo a la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, como la Autoridad de Aplicación. Esta entidad será responsable de implementar y supervisar las medidas necesarias para garantizar el funcionamiento adecuado de las vías navegables del país.

Además, el decreto incluye la disolución del Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable, organismo creado previamente por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 556/21. Esta decisión responde a la necesidad de racionalizar las estructuras estatales, desburocratizar procesos y reducir gastos públicos innecesarios. El Ministerio de Economía será el encargado de gestionar el traspaso de funciones, presupuesto y personal del ente disuelto a la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables.

Esta medida ha sido justificada por la urgente necesidad de asegurar el cumplimiento de los deberes del Estado en cuanto a la libre navegación y comercio, establecidos en la Constitución Nacional y diversas leyes nacionales. La declaración de estas actividades como servicio público busca también prevenir distorsiones de mercado y monopolios, asegurando la calidad y eficiencia de los servicios públicos relacionados con la navegación interjurisdiccional.

El decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso Nacional para su evaluación y tratamiento.

Esta decisión marca un paso crucial en la mejora y modernización de la infraestructura fluvial del país, alineándose con los objetivos de desarrollo sostenible y competitividad en el comercio internacional, establecidos por el Gobierno Nacional.

FUENTE: COMEXONLINE

09-08-2024