La Federación de Empresas Navieras acusó a organismos del Estado por permitir que una embarcación de la firma Stolt, de bandera extranjera, realice esta operación ilegítima en la zona Alfa del Río de la Plata.
La Federación de Empresas Navieras (FENA) denunció a la Subsecretaria de Puertos y Vías Navegables, Aduana y Prefectura Naval, por la infracción de diversos artículos de la Ley de Cabotaje, al argumentar que se cometió una acción de cabotaje ilegal de nafta petroquímica en el Río de la Plata, por parte dos buques extranjeros.
Desde la Federación también advierten que representantes de empresas armadoras habían avisado a Prefectura de esta operación y solicitado que se detenga, pero que la respuesta llegó una vez que las naves habían abandonado el territorio nacional.
En una nota enviada por la FENA al subsecretario de Puertos y Vías Navegables, Patricio Hogan, detallan que “el buque de bandera extranjera Stolt Vanguard zarpó del Puerto Galván (Bahía Blanca) el 26 de enero de 2023 cargado con gasolina pirólisis con primer destino a la zona Alfa del Río de la Plata, lugar en el cual (entre el 27 y el 28 de enero, aproximadamente) trasvasó de dicha carga al Stolt Basuto (también de bandera extranjera)”.
En el documento se explica que esta es una operación de cabotaje, ya que el producto transportado fue cargado y descargado en una zona que se encuentra bajo jurisdicción y que es de aprovechamiento exclusivo de la República Argentina (junto con la República Oriental del Uruguay).
Los hechos expresados por la FENA indican que los organismos estatales habilitaron el cabotaje ilegal, ya que los barcos extranjeros no están autorizados a cargar y descargar combustible dentro del país salvo que obtengan un waiver especial, es decir un permiso precario que se da a embarcaciones de bandera extranjera para realizar operaciones en aguas jurisdiccionales de Argentina.
En su carta, FENA “considera que el celoso cumplimiento de la normativa vigente resulta primordial para la defensa de la marina mercante nacional, pues de consentirse situaciones como las denunciadas y de no ser las mismas sancionadas según lo previsto en nuestra legislación, no es de extrañar que este tipo de situaciones se repitan, lo cual produciría un grave daño para nuestra ya alicaída actividad, poniendo en riesgo la continuidad de las empresas armadoras y de las fuentes de trabajo que ellas generan”.
En ese contexto, la Federación solicitó a Hogan que realice pedidos de información a los organismos denunciados sobre si se había tramitado y otorgado una solicitud de excepción a la ley de Cabotaje para la operación mencionada, si la operación de trasvasado de la carga efectivamente se realizó y si en esa oportunidad “se dispuso el embarque de un guarda en el buque referido cuando éste zarpó”.
Desde FENA se solicita que se realice una inmediata investigación de los hechos y se dispongan las sanciones correspondientes, en caso de que se pruebe el ilícito.
Consultada, desde la Dirección General de Aduanas Argentina destacaron que “en las operaciones de alijo o complemento de carga que se realicen en los ámbitos de aplicación del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo – Ley N° 20.645 -, corresponde la intervención del Servicio Aduanero en virtud de lo establecido en su artículo 31”.
En este caso, la Aduana aseguró que “el control fue debidamente cumplido desde el momento en que para la destinación de exportación y el trasbordo de la mercadería fue designado el agente medidor de este organismo, encargado de presenciar y certificar el correcto trasvase de las mercaderías exportadas.”
Asimismo, señalaron que “sin perjuicio de ello, y en lo atinente a las previsiones contenidas en el Decreto-Ley de Cabotaje N.º 19.492/44 y sus modificatorias, la Dirección General de Aduanas no resulta ser la autoridad de fiscalización de dicho régimen, resultando la Prefectura Naval Argentina el organismo encargado de velar por su cumplimiento tal como lo establece el art. 48 de la citada normativa”.
FUENTE: (Transport y Cargo) #NUESTROMAR
13/02/2023