El complejo energético ubicado en el norte bonaerense quedó operativo y a disposición para el abastecimiento de la demanda de gas natural del país, principalmente en la temporada invernal.
El Juzgado Federal de Campana ordenó el levantamiento de la clausura que pesaba sobre la estación regasificadora de Escobar, así como toda restricción de operación de dicha planta.
Así lo informó hoy la Secretaría de Energía de la Nación a cargo de Darío Martínez.
En consecuencia, queda despejado un frente preocupante que se avizoraba de cara al invierno: la posibilidad de obstáculos en el abastecimiento interno de gas, a partir del impedimento del ingreso de cargas de Gas Natural licuado (GNL) que formarán parte de la garantía de aprovisionamiento para Argentina.
De esta manera, el estratégico complejo, quedó operativo y a disposición para el abastecimiento de la demanda de Gas Natural del país, principalmente en la temporada invernal.
A poco de conocido el fallo judicial, Martínez sostuvo que se trata de “una muy buena noticia” y agregó que “más allá de las meras cuestiones de formalidad procesal, para tener la convicción de habilitar nuevamente la terminal regasificadora, el Juez ha debido merituar seguramente los concluyentes trabajos que presentamos en materia de evaluación de la seguridad de la planta, y los informes científicos de la UTN de Rosario y la Consultora Lloyd´s, que refutaron contundentemente al peritaje de la UNLZ que dio sustento inicial a la clausura”.
En la resolución el juez resuelve en su punto II “suspender la clausura de la terminal (…) que fuera ordenada por el suscrito el pasado 16 de octubre de 2020″.
El Magistrado Federal ordenó también la intervención obligatoria de la Secretaría de Energía en la pericia a realizar, una solicitud que esta semana había concertado Martínez
“Trabajamos con intensidad para lograr el levantamiento de la clausura a Escobar, junto a YPF, IEASA, Enargas y Cammesa”, subrayó el titular del área energética nacional.
Simultáneamente, la medida Judicial determina en su punto III “suspender la prohibición de los movimientos de arribo y salidas de buques metaneros para operar en la zona del entuerto.”
Tranquilidad en la secretaría de Energía
Martínez señalo que “ahora tenemos la tranquilidad de poder contar con la planta de Escobar para planificar con certidumbre el programa de abastecimiento integral del la demanda de Gas en los próximos meses de Invierno”.
El funcionario explicó que “la planta de Escobar cumple con parámetros de seguridad y preservación del ambiente de máximo rigor técnico, y jamás tuvo episodios ni eventos que lo hicieran poner en duda”
Entre otros fundamentos, la Resolución del Juez de Campana menciona que “como consecuencia de todo lo expuesto, se impone suspender la clausura oportunamente dispuesta en fecha 16 de octubre de 2020, toda vez que se ha demostrado que el estudio pericial presentado por el Perito Ingeniero Massaro de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora no se adecúa a lo que fuera ordenado por el Superior a fs. 1968/1970 y el suscrito a fs. 1978.”
Un proceso iniciado en 2011
Según el diario La Nación, la demanda contra el buque regasificador de Escobar se inicia en 2011, cuando se denuncia una “situación de peligro de muerte urbana masiva por estrago de incendio o explosión del Gas Natural Licuado”. También se denunciaba la contaminación que podía provocar a la población inmediata a este emprendimiento.
En una primera instancia se descartaron todas las acusaciones, ya que se concluía que la terminal cumplía con las medidas de monitoreo permanente de los distintos organismos del Estado. Sin embargo, en 2014, se ordenó “la confección de estudios estrictamente técnicos para determinar si la obra -en su integridad- contaba con los recaudos necesarios que resultasen eficientes para garantizar la seguridad de la población”, como figura en el expediente de la causa.
Para realizar la pericia, se intentó contratar a la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) y luego a la Universidad de Buenos Aires (UBA), pero no se pudieron concretar y se encargó el informe a la Universidad de Lomas de Zamora en 2017.
Al mismo tiempo, se les informó a YPF y a IEASA sobre el comienzo de la pericia oficial, con el objeto de que pudieran intervenir y designar un perito de parte para controlar esos estudios, lo cual, según señaló el diario La Nación, ninguna de las dos empresas hizo.
De las conclusiones de la pericia, se destaca que, según sus análisis, podría haber “un elevado número de víctimas fatales en la población circundante, por los efectos de la onda expansiva, sumado a los daños producidos por los llamados ‘proyectiles’ (trozos de las instalaciones y equipos que salen despedidos en forma aleatoria por dicha onda expansiva), los efectos de la radiación térmica y los tiempos de exposición a la misma”.
Es por eso que el juez avanzó con la clausura de la terminal, el pasado octubre, hasta que levantaron la suspensión hoy. Fuente: Argenport